domingo, mayo 20, 2007

Cooperativismo en Venezuela

En Porlamar, en 1903, los carpinteros organizaron la primera sociedad Cooperativas de ahorro y construcción.
En 1910 se promulgo la primera ley de cooperativas, copiada de una francesa de 1867, y que en 1917, se promulgo una segunda ley, que pierde efecto en 1919, al quedar las cooperativas incorporadas al código de comercio.

A partir de 1936 resurge el movimiento cooperativista. De 1941 al 46, se creo un centro de estudios, una biblioteca circulante y una publicación, de poca duración. En junio de 1942 se promulgo la tercera ley de cooperativas que rigió hasta 1966 y obligo al Estado a promover y defender las cooperativas. Ese auge duro hasta 1950 porque la década siguiente (1950 – 1960), el avance fue casi nulo.

El periodo entre 1950 – 1960 fue de intensa reactivación, con apoyos del estado, sindicatos, grupos religiosos y organizaciones privadas de Estados Unidos y Canadá.

En 1966 se promulgo una nueva Ley General de Asociaciones Cooperativas, la cuarta, y se creo la Superintendencia Nacional de Cooperativas (SUNACOOP). Entre 1975 y 76, se reformo esta Ley y su reglamento y se extendió el movimiento cooperativista por todo el país, en centros regionales y federaciones.

De 1998 al 2001, se abordo un cambio estructural, comenzando por la legislación. Convocada la Asamblea Nacional Constituyente, que dio origen a la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela (1999),se llamo al protagonista del pueblo en la economía, a través de las micro finanzas y las cooperativas. Se impulso la organización de nuestro pueblo para dirigir empresas asociativas fundamentadas en la cooperación y la ayuda mutua.

Así, en el año 2001 se promulgo la nueva Ley Especial de Asociaciones cooperativas que deroga la anterior, estimula la economía social y promueve el desarrollo cooperativista con visión integral de bienestar colectivo, donde las mujeres también son protagonistas, como lo manda la constitución.

1.-Membresía abierta y voluntaria:
"Las Cooperativas son organizaciones voluntarias abiertas para todas aquellas personas dispuestas a utilizar sus servicios y dispuestas a aceptar las responsabilidades que conlleva la membresía sin discriminación de género, raza, clase social, posición política o religioso".

2.- Control democrático de los miembros: "Las Cooperativas son organizaciones democráticas controladas por sus miembros quiénes participan activamente en la definición de las políticas y en la toma de decisiones. Los hombres y mujeres elegidos para representar a su cooperativa responden ante los miembros.

En las Cooperativas de base los miembros tienen igual derecho de voto (un miembro, un voto), mientras en las Cooperativas de otros niveles también se organizan con procedimientos democráticos".

3.- Participación Económica de los miembros: "Los miembros contribuyen de manera equitativa y controlan de manera democrática el capital de la cooperativa. Por lo menos una parte de ese capital es propiedad común de la cooperativa. Usualmente reciben una compensación limitada, si es que la hay, sobre el capital suscripto como condición de membresia. Los miembros asignan excedentes para cualquiera de los siguientes propósitos: el desarrollo de la cooperativa mediante la posible creación de reservas, de la cual al menos una parte debe ser indivisible, los beneficios para los miembros en proporción con sus transacciones con la cooperativa; y el apoyo a otras actividades según lo apruebe la membresía".

4.- Autonomía e independencia: "Las Cooperativas son organizaciones autónomas de ayuda mutua, controladas por sus miembros. Si entran en acuerdos con otras organizaciones (incluyendo gobiernos) o tienen capital de fuentes externas, lo realizan en términos que aseguren el control democrático por parte de sus miembros y mantengan la autonomía de la cooperativa".

5.- Educación, entrenamiento e información: "Las Cooperativas brindan educación y entrenamiento a sus miembros, a sus dirigentes electos, gerentes y empleados de tal forma que contribuyan eficazmente al desarrollo de sus Cooperativas. Las Cooperativas informan al público en general, particularmente a jóvenes y creadores de opinión, acerca de la naturaleza y beneficios del cooperativismo".

6.- Cooperación entre Cooperativas: "Las Cooperativas sirven a sus miembros más eficazmente y fortalecen el movimiento cooperativo. Trabajando de manera conjunta por medio de estructuras locales, nacionales, regionales e internacionales".

7.- Compromiso con la comunidad: "La cooperativa trabaja para el desarrollo sostenible de su comunidad por medio de políticas aceptadas por sus miembros".

8.- Bancos Cooperativos: Operan financieramente con todos los servicios propios de un Banco. Podrán distribuirse excedentes sin haber compensado las pérdidas de ejercicios anteriores.

Tipos de Cooperativas

¿Qué es una cooperativa de producción de bienes y servicios?
Es la cooperativa que tiene por objeto principal la producción de bienes o prestación de servicios, tales como la producción industrial o artesanal, la producción agrícola o producción pecuaria, transporte colectivo o de carga, producción de diversos públicos (mantenimiento, educación, salud, servicios profesionales, etc.).

¿Qué es una cooperativa de obtención de bienes y servicios?
Es la cooperativa que tiene por objeto la adquisición u organización de bienes o servicios para proporcionar a sus asociados, tales como consumo de alimentos y otros bienes, ahorro y crédito, obtención de viviendas, servicios múltiples, etc.

¿Qué es una Cooperativa Mixta?
La cooperativa mixta es la que persigue, a la vez, dos objetivos; producción de bienes y servicios, para terceros, y obtención de bienes y servicios para sus asociados.

¿Qué tipos de cooperativas de producción pueden existir?
Pueden existir cooperativas para la producción de cualquier bien o de cualquier servicio. Podemos organizar cooperativas de producción agrícola, pecuaria, industrial, artesanal, pesquera, carpintería, textil, etc., y de producción sus asociados deben tener la calidad de productores primarios, es decir, participar directamente en la actividad de la cooperativa.

¿Qué es una Cooperativa de Vivienda?
Es cuando un grupo de personas que no tienen casa propia se unen y entre todos construyen el grupo habitacional para todos. Sorteando luego la vivienda que le tocará a cada uno.

¿Qué es una cooperativa de Producción Industrial?
Es una cooperativa de trabajadores y tiene como objeto transformar materia prima en bienes que tengan las características de satisfacer una necesidad de los consumidores mediante procesos industriales.

¿Qué es una cooperativa de Producción Agrícola?
Los integrantes de esta cooperativa tienen como objeto trabajar en común las tierras, comercializar sus productos, realizar compras en conjunto de consumidor agrícolas y en general efectuar sus labores en forma conjunta.

¿Qué es una Cooperativa Artesanal?

Sus integrantes elaboran alguna actividad artesanal y se unen entre todos para comprar los materiales con los que la alaboran y para comercializar el producto final.

¿Qué es una Cooperativa de Producción Pesquera?
Este tipo de cooperativas es organizada por un grupo de personas unidas por un vínculo de trabajo en común; la pesca,. Buscan realizar una labor conjunta en beneficio propio y de la comunidad.

¿Qué es una Cooperativa de Producción de Servicios?
Estas cooperativas son las que prestan un determinado servicio a la comunidad. Por ejemplo: las cooperativas de transporte (pasajeros, carga, aérea, etc.), institutos educativos, fumigación aérea y otros.

¿Qué es una Cooperativa de Transporte?
Es un grupo de conductores o choferes, pilotos que deciden trabajar directamente en forma organizada y conjunta para prestar un servicio eficiente a la comunidad: el transporte de personas o cargas.

¿Qué es una Cooperativa de Consumo?
Es una asociación de consumidores que tiene como objeto mejorar los servicios de compra y venta de artículos de primera necesidad: electrodomésticos, útiles escolares, ropa, juguetes, repuestos, alimentos o víveres, artículos de limpieza y tocador, ofreciéndolos a asociaciones y comunidad a precios justos.

¿Qué es una Cooperativa de Ahorro y Crédito?
Es un grupo de personas que, organizando una cooperativa, desean ahorrar dinero periódicamente y que tienen como vínculo común: la comunidad, la empresa, la profesión, etc. Aparte de ahorrar, los asociados tienen la posibilidad de solicitar préstamos sobre sus ahorros o en cantidades mayores debidamente garantizadas.

¿Qué diferencia hay entre una cooperativa de Ahorro y Crédito y un Banco?

La cooperativa es de los asociados, el banco es de otra persona o personas. Los bancos generan ganancias, que se reparten entre los accionistas, mientras que en las cooperativas los excedentes se distribuyen entre los asociados de acuerdo al patrocinio (trabajo) de estos en la cooperativa. Los bancos tienen fines de lucro, las cooperativas no tienen fines de lucro y combaten la usura. Su fin es ayudar a los asociados.
Las cooperativas hacen préstamos con intereses inferiores a los del mercado, los bancos hacen préstamos a tasa de mercado. En las cooperativas los trámites para conseguir préstamos son sencillos, en los bancos son complicados y difíciles.

Decreto con fuerza de ley especial de asociaciones cooperativas

Objeto de la Ley:

Artículo 1: La presente ley tiene como objeto establecer las normas generales para la organización y funcionamiento de las cooperativas. Esta ley tiene como finalidad disponer el mecanismo de relación, participación e integración de dichos entes en los procesos comunitarios, con los Sectores Públicos, privados y con la Economía Social y participativa constituida por las empresas de carácter asociativo que se gestiona en forma democrática.

Definición de cooperativa:

Articulo 2: Las cooperativas asociaciones abiertas y flexibles, de hecho y de derecho cooperativo, de la economía social y participativa, autónomas, de personas que se unen mediante un proceso y un acuerdo voluntario, para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes, para generara bienestar integral, colectivo y gestionada y controladas democráticamente.

Valores Cooperativos:

Articulo 3: Las cooperativas se basan en los valores de ayuda mutua, esfuerzo propio, responsabilidad, democracia, igualdad, equidad y solidaridad. Sus miembros promueves los valores éticos de honestidad, transparencia, responsabilidad social y compromisos de los demás

Principios de la Cooperativa:
Artículo 4: Los principios cooperativos son lineamientos por medios de los cuales las cooperativas ponen en práctica sus valores, son:
Asociación abierta y voluntaria, gestión democrática de los asociados,
Participación económica de los asociados, Autonomía e independencia
Educación, entrenamiento e información , Cooperación entre cooperativas, Compromiso con la comunidad

Las cooperativas se guían por los principios y criterios de las experiencias y los procesos comunitarios solidarios que son parte de nuestra cultura y recogen la tradición solidaria que ha conformado nuestro pueblo.

Autonomía:

Articulo 5: El estado garantizara el libre desenvolvimiento y la autonomía de las cooperativas, así como el derecho de los trabajadores y trabajadoras y de la comunidad de la cooperativa para el desarrollo de cualquier tipo de actividad económica y social de carácter licito, en condiciones de igualdad con las demás empresas, sean publicas o privadas.

Acuerdo libre e igualitario:

Articulo 6: Las cooperativas se originan en un acuerdo libre e igualitario de personas que deciden constituir y mantener una empresa asociativa de derecho cooperativo, cuyas actividades deben cumplirse con fines de interés social y beneficio colectivo, sin privilegios para ninguno de sus miembros.

Acto Cooperativo:

Articulo 7: Son actos cooperativos relacionados entre las cooperativas y sus asociados o por las cooperativas entre si o con otros entes en cumplimientos de su objetivo y quedan sometidos al Derecho Cooperativo, y en general al ordenamiento jurídico y vigente.

Régimen:

Articulo 8: Las cooperativas y sus formas de coordinación, asociación e integración se regirán por la constitución, esta ley y su reglamento, por sus estatutos, reglamentos y disposiciones internas y en general por en derecho cooperativo.

Acto de construcción:

Artículo 9: El acuerdo para construir una cooperativa se materializara en un acto formal, realizado en una reunión de los asociados fundadores, en la que se aprobara el estatuto la que se aprobara el estatuto la que se aprobara el estatuto, se suscribirán aportaciones y se elegirán los integrantes de las instancias organizativa en dicho estatuto.

Formalidad y trámite:

Articulo 10: La reunión constitutiva de los asociados fundadores, decidirán quien o quienes certificaran las formalidades de la misma y quienes realizaran los trasmites para la obtención de la personería jurídica.

Constitución legal:

Artículo 11: Si el registro no tuviere observaciones de carácter legal, o una vez satisfecha estas, aceptara el otorgamiento del documento correspondiente por parte de los representantes y los registrara; la cooperativa se considera legalmente constituida y con personalidad jurídica..

Exención de pago:

Articulo 12: La inscripción en el registro publico del actas constitutiva y estatuto de las cooperativas de las cooperativas, así como el registro y expedición de copias de cualquier otro documento otorgado por la misma, estará del exento del pago de derecho de registro y de cualquier otra tasa o arancel que se establezca por la presentación de este servicio.

¿Cómo se constituye una Cooperativa?

El proceso organizativo de una cooperativa comienza cuando existe un grupo de personas que conciente de sus necesidades comunes se plantean la posibilidad de resolverlas mediante una forma legal y ordenada.

Este grupo de personas debe establecer claramente los objetivos a cumplir, es decir analizar,

¿Qué se quiere hacer?, ¿Cómo lo van a hacer?, ¿Quiénes lo van a hacer?, etc. y a través de las respuestas a estos interrogantes irán definiendo el tipo de cooperativa a formar, el objeto social, etc.

Cantidad mínima de personas para formar una Cooperativa = 10 (Artículo 2°, Inciso 5º, Ley 20.337)

Excepción para Cooperativas de Provisión de Servicios Rurales y de Trabajo = 6
(Resoluciones 302 y 324 -ex INAC)

El acto fundacional de una Cooperativa es la ASAMBLEA CONSTITUTIVA en donde todos los asociados fundadores deciden cuestiones como: (Artículo 7° -Ley 20.337)

Elección de una Mesa Directiva para la Asamblea.
Informe de los iniciadores.

Proyecto de Estatuto:
El Estatuto debe contener, sin perjuicio de otras disposiciones: (Artículo 8° -Ley 20.337)
1°.- La denominación y el domicilio
2°.- La designación precisa del objeto social
3°.- El valor de las cuotas sociales y el derecho de ingreso si lo hubiera, expresado en moneda argentina
4°.- La organización de la administración y la fiscalización y el régimen de las asambleas
5°.- Las reglas para distribuir los excedentes y soportar las pérdidas
6°.- Las condiciones de ingreso, retiro y exclusión de los asociados
7°.- Las cláusulas necesarias para establecer los derechos y obligaciones de los asociados
8°.- Las cláusulas atinentes a la disolución y liquidación

Designación de Síndico
La presentación ante el I.N.A.E.S. del Acta de la Asamblea Constitutiva se debe realizar siguiendo los lineamientos establecidos por la Resolución Nº 974/93 – ex INACea cooperativa

Asamblea
La Asamblea es el órgano superior y soberano de la cooperativa, a través de la cual los asociados expresan su voluntad. En ella todos los asociados participan en un pie de igualdad con 1 voto por persona.

Existen dos tipos de Asambleas:
1.- Ordinarias
Se realizan una vez al año dentro de los 4 meses siguientes a la fecha de cierre del ejercicio.

Se considera:
El ejercicio anual de la entidad.
Distribución de Excedentes.
Elección de Consejeros Titulares y Suplentes y Síndicos si coinciden con el término de sus Mandatos.
Otros asuntos incluidos en el Orden del Día.

2.- Extraordinarias
Tendrán lugar toda vez que lo disponga el Consejo de
Administración, el Síndico o por el 10 % como mínimo del
Total de los asociados.

Se considera:
Los asuntos que por su índole no pueden ser considerados en la Asamblea Ordinaria.

Consejo de Administración
El órgano elegido por la Asamblea para administrar y dirigir las operaciones sociales y realizar todas las funciones que no están reservadas para la Asamblea.

Los consejeros deben ser asociados y no menos de tres (Artículo 63° - Ley 20.337). Es un órgano colegiado y de carácter permanente. La duración en el cargo no puede exceder de 3 ejercicios, pudiendo ser reelectos, salvo disposición expresa del estatuto en contrario.
Debe reunirse por lo menos 1 vez al mes y los temas tratados deben constar en el Libro de Actas de Reuniones del Consejo de Administración.Capítulo VII - Ley 20.337

Construir el desarrollo a través de la economía solidaria
La actividad cooperativista involucra el resurgir de un nuevo estilo de organización productiva, que centra la concepción de desarrollo en la preeminencia de la gente sobre las mercancías. Visto de esta manera, es imprescindible comprender que el desarrollo no comienza con las mercancías, sino con la gente, su educación, organización, disciplina y creatividad.
Expresión de la conciencia colectiva
Como consecuencia de la implementación de estos innovadores procesos, se genera un impacto más que positivo sobre el desempleo y la pobreza. En síntesis, las cooperativas favorecen el desarrollo económico sostenible, compartido y verdaderamente humano, permiten que se corrijan las desigualdades que nos aquejan y, además, que se definan las responsabilidades compartidas que nos toca asumir en este proceso.

En fin, tenemos ante nosotros la posibilidad de crear nuevas relaciones de producción y de trabajo, a través de la experiencia cooperativista. Entendiendo, además, que estamos ante un campo flexible, que se adapta a los diferentes procesos y propuestas. La experiencia es diversa.

Por ejemplo, una de las cooperativas más antiguas de América del Sur la encontramos en Argentina: "El Progreso
Agrícola de Pigüé Cooperativa de Seguros Ltda.", fue fundada en 1898 por un grupo de agricultores, que se unieron buscando optimizar los resultados de la labor agraria de su comunidad. Hoy en día, esta cooperativa aún existe, y demuestra que el esfuerzo pionero de aquella época sigue siendo un ejemplo vigente de una cooperativa exitosa. Más recientemente, podemos hablar del crack económico argentino, la quiebra y cierre de miles de empresas y la decisión de los trabajadores de asociarse en cooperativas, para reabrirlas y hacerlas funcionar.

En Venezuela, también contamos con numerosas experiencias cooperativistas, que funcionan en el mercado con una trayectoria que demuestra la excelente labor que se Cooperativismo puede hacer con los criterios éticos y solidarios que las caracterizan.

Pasos para conformar una Cooperativa es necesario

Paso 1: Retirar la planilla de reserva de denominación en las Oficinas Regionales de la Superintendencia, localizadas en las instalaciones estadales del INCE. para seleccionar el nombre que llevará la Cooperativa y consultar a la Superintendencia Nacional de Cooperativas, si este nombre no corresponde a una Cooperativa ya registrada.

Paso 2: Luego de cinco (5) días hábiles, la Superintendencia Nacional de Cooperativas, certifica que la denominación consultada no pertenece a otra Cooperativa y autoriza a que esta pueda ser registrada con esa denominación.
Esta constancia debe ser retirada en las Oficinas Regionales de la Superintendencia, localizadas en las instalaciones estadales del INCE. La reserva tiene una duración de 90 días.

Paso 3: Teniendo en cuenta que se tienen 90 días para realizar los posteriores procedimientos sin perder la reserva de denominación, el grupo de personas se reúnen y redactan los Estatutos que establecerán entre otras: la estructura organizativa de la Cooperativa, normas de funcionamiento, aporte de los socios, etc. (Art. 13 LEAC).

Paso 4: Una vez aprobados los Estatutos por los asociados se acudirá al registro subalterno de la localidad para proceder a su registro y obtener así la personalidad jurídica de la Cooperativa
Es importante destacar que este servicio es gratuito en todos los Registros Subalternos del país.

Paso 5: Enviar a la Superintendencia Nacional de Cooperativas dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, copia simple del registro de la Cooperativa indicando: dirección completa, teléfonos y nombres de los directivos principales de la Cooperativa
Nota:Las cooperativas cuya actividad económica se corresponda con la prestación de algún servicio público, solicitarán al ente correspondiente la debida autorización.

Paso 6: Retirar en un período de diez (10) días hábiles la constancia de inscripción de las cooperativas en las oficinas regionales de la SUNACOOP o en la receptoría de la Rinconada.

¿Qué debo conocer para conformarme en Cooperativas?

- Es muy importante que antes de constituirse, las personas que quieran formarse en cooperativas estén conscientes de que estas asociaciones además de ser un instrumento de beneficio económico, son mecanismos de desarrollo social y cultural basados en la doctrina del cooperativismo, cuyo fundamento es la igualdad, equidad y solidaridad entre los miembros de estas asociaciones. Por lo tanto, en una Cooperativa todos los asociados son sus propietarios, con igualdad de condiciones, derechos y deberes.

- La Cooperativa, es el sujeto protagónico del desarrollo endógeno, ya que promueve la democracia y la libre participación de todos sus asociados por igual, cumpliendo con el ideal de esta revolución Bolivariana a nivel económico, político y social.

- El tiempo que se lleva conformar una Cooperativa, depende del empeño y el tiempo de que dispongan las personas que la están formando. Sin embargo, la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas, en su Capítulo II, "De la Constitución" determina la formalidad y trámite de la misma.

- Es vital que los ciudadanos interesados en agruparse en cooperativas se capaciten a nivel educativo, a través de los talleres de cooperativismos impartidos por la Dirección de Educación e Investigación de la Superintendencia Nacional de Cooperativas.

- La ley permite a cualquier persona o grupo de personas conformar una Cooperativa siempre y cuando la actividad desarrollada no esté en el marco de las empresas mercantiles.

- Para conformar una Cooperativa es necesario que se agrupen y se reúnan todas las personas que se han identificado con el proyecto. Asimismo, deben estar dispuestos a trabajar en ella, en su funcionamiento y en su administración.

- Para empezar a formalizar la Cooperativa e iniciarse la puesta en marcha del borrador del proyecto y que determinará la viabilidad de la Cooperativa, se sugiere escoger tres (3), cinco (5) o cualquier número impar de personas que gocen de más prestigio y confianza dentro del grupo para conformar el comité promotor que coordinará el plan de acción para formar la Cooperativa

- Antes de agruparse, se le sugiere a los asociados el diseño de un proyecto donde se establezca el plan de acción para la institucionalización de la Cooperativa También debe incluir un estudio que contemple la factibilidad, el control, las fechas de ejecución, objetivos, metodología, ambiente y entorno, necesidades y perfil de la demanda.

- La Asamblea Constitutiva es la primera reunión formal en la que se levantará el Acta Constitutiva y que debe contener la siguiente información:

1. Denominación, duración y domicilio.
2. Determinación del Objeto Social.
3. Régimen de responsabilidad: Limitado o Suplementado y sus alcances.
4. Condiciones de ingreso de los asociados. Sus derechos y obligaciones. Pérdida del carácter de asociado. Suspensiones y exclusiones.
5. Formas de organización de la Cooperativa y normas para su funcionamiento, coordinación y control. Atribuciones reservadas a la reunión general de asociados o asamblea. Reglamentos internos y competencia para dictarlos.
6. Las normas para establecer la representación legal, judicial y extrajudicial.
7. Modalidades y toma de decisiones.
8. Formas de organización y normas con relación al trabajo en la Cooperativa
9. Formas y maneras de desarrollo de la actividad educativa. Funcionamiento de la o las instancias de coordinación educativa.
10.Régimen económico: organización de la actividad económica, mecanismos de capitalización y modalidades de instrumentos de aportación. Aportaciones mínimas por asociado, distribución de los excedentes y normas para la formación de reservas y fondos permanentes. Ejercicio económico.
11. Normas sobre la integración Cooperativa
12. Procedimientos para la reforma del estatuto.
13. Procedimiento para la transformación, fusión, escisión, segregación, disolución y liquidación.
14. Normas sobre el régimen disciplinario.
- En una Cooperativa pueden participar todas las personas que se consideren convenientes. Sin embargo, para formarla la Ley exige un mínimo de cinco (5) personas.

- Los socios de una Cooperativa deben reunir las siguientes condiciones:

Motivación propia y libre de incorporarse a la Cooperativa
• Ser mayor de 18 años. En caso contrario, se requiere una autorización del representante legal, y el Ministerio de Trabajo, si se tienen más de 16 años.
• Estar en capacidad de recibir los servicios de la Cooperativa
• Tener la disposición a participar en las actividades operativas y administrativas de la Cooperativa
• Aceptar y cumplir los reglamentos y estatutos de la organización.
• Acatar las decisiones debidamente aprobadas por la Asamblea General de Socios.

- Son deberes y derechos, de los asociados, sin perjuicio de los demás que establezca la Ley y el estatuto de los siguientes:

1. Concurrir y participar en todas las decisiones que se tomen en las reuniones generales de asociados o asambleas y en las demás instancias: en el trabajo y otras actividades, sobre bases de igualdad.
2. Cumplir y hacer cumplir las obligaciones sociales y económicas propias de las cooperativas, las resoluciones de la reunión general de asociados o asamblea y las instancias de coordinación y control establecidas en el estatuto.
3. Ser elegidos y desempeñar cargos en todas las instancias. De igual forma, asumir las responsabilidades que se le encomienden dentro de los objetivos de la Cooperativa
4. Utilizar los servicios en las condiciones establecidas.
5. Solicitar y obtener información de las instancias de coordinación y control, sobre la marcha de la Cooperativa
6. Participar en las decisiones sobre el destino de los excedentes.
7. Velar y exigir el cumplimiento de los derechos humanos en general y en especial, los derivados de la Seguridad Social y el establecimiento de condiciones humanas para el desarrollo del trabajo.

- Un socio puede retirarse temporal o definitivamente de manera voluntaria. También puede ser retirado si incumple sus deberes en la organización.

- Como reza el artículo 5 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas: "El Estado garantizará el libre desenvolvimiento y la autonomía de las cooperativas, así como el derecho de los trabajadores y trabajadoras, y de la comunidad de cooperativas para el desarrollo de cualquier tipo de actividad económica y social de carácter lícito, en condiciones de igualdad con las demás empresas, sean públicas o privadas".

- Todos los servicios para la conformación de las cooperativas son gratuitos. Desde la inscripción en el Registro Público del acta constitutiva, hasta el registro y expedición de copias de cualquier otro documento otorgado por la SUNACOOP, no tienen costo alguno.

Simbolos del Cooperativismo



La bandera del cooperativismo

En el año de 1923 en Gante, Bélgica, en la reunión de la Alianza Cooperativa Internacional, el gran Cooperador Francés Charles Gide, resolvió que debería existir una bandera del Cooperativismo con los siete colores del espectro. Gide bregó como nadie para mantener viva la idea haciendo resaltar que la concepción original de la bandera con los siete colores del arco iris emanaba de ese genio y precursor de la Cooperación en Francia, Charles Fourier, quien ya la había adoptado para su comunidad ideal, el familisterio, como signo de unidad en la diversidad.

Representación de los colores de la bandera

El rojo representa el fuego y el amor que une a las personas. El cooperativismo es la fragua donde nos forjamos un destino feliz en un marco de igualdad y de democracia.
El anaranjado nos recuerda un amanecer glorioso. El cooperativismo es como un surtidor de logros en diversos campos: del ahorro, del crédito, del consumo, del mercadeo, de la producción, de la vivienda, del seguro, de la educación, del arte y de los servicios múltiples necesarios al consumidor.
El amarillo es el color del sol que da luz, calor y vida. El cooperativismo nos asegura una vida feliz, dinámica y solidaria.
El verde representa la esperanza de los que, unidos en el amor y en el trabajo, hacen posible el milagro de la cooperación.
El azul celeste es la ilusión; es el color del cielo y nos estimula a admirar la belleza de la creación.

El Azul Marino encarna el valor que nos impulsa a buscar nuevas rutas; nuevos surcos donde acunar la semilla de la fe y la cooperación.
El Violeta significa la humildad, una de las virtudes que nos acerca más a lo divino y a nuestro prójimo.


Los Pinos

Los dos pinos representan la vida, al ser 2 simbolizan la hermandad, la unión, la solidaridad y la necesidad de un trabajo conjunto. Fue por eso que el movimiento los adoptó como símbolo oficial, luego de su creación en el año 1920, siendo en la actualidad estandarte más representativo del cooperativismo.Los dos pinos significan que se necesita más de uno para que exista cooperación.


Al ser del mismo tamaño significa el crecimiento en la igualdad. Para los japoneses, por ejemplo, el pino es símbolo de constancia, salud, longevidad, fuerza de carácter y silencio, este último tan importante en el crecimiento espiritual. Para ellos el pino es fundamental en la estética y el carácter de sus jardines.


SIGNIFICADO DE CADA UNO DE SUS PARTES


EL PINO: El árbol del pino, se consideraba en la antigüedad como símbolo de inmortalidad y de fecundidad, era respetado por su capacidad de supervivencia en las tierras menos fecundas y la sorprendente capacidad de multiplicación.


CIRCULO: EL representa la vida eterna, porque un horizonte final, además representa la idea del mundo, reflejando así la idea de universalidad.



EL VERDE: El color verde oscuro se asemeja al color de la clorofila. donde nace el principio vital de la naturaleza.

EL AMARILLO: El amarillo-oro representa el sol, fuente permanente de energía, calor y vida.


EL EMBLEMA: Un círculo que abraza dos árboles del pino, indicar la unión del movimiento, la inmortalidad de sus principios, es la fecundidad de sus seguidores. Todo esto marcó en la trayectoria ascendente de los árboles del pino para los que se proyectan en lo alto, intentando crecer cada vez más.

Vivencia de la visita a la Cooperativa de Servicios Múltiples Sierra Maestra

El 26 de Marzo se visito la cooperativa de Servicios Múltiples Sierra Maestra a las 2.30 p.m.

Al llegar de inmediato se pusieron a la orden y se presento. Nosotros también, luego se esto nos pregunto en que nos podía ayudar, nosotros le dijimos que si nos podía de responder una series de preguntas, y ella dijo que claro que para eso estaban.

Ella empezó a buscar la información mientras lo hacia, nos iba preguntando que: donde estudiábamos, en que año y de que materia era la investigación a desarrollar. Luego le respondimos todas sus inquietudes, al pasar unos minutos ella le saco copias a lo que había encontrado para después ofrecerla a nuestro grupo. Le planteamos otras preguntas la cual nos las respondió con sus propias palabras.

Al terminar todas las preguntas a investigar en dicha cooperativa, ella se puso a la orden para cualquier información o cosa que necesitáramos. De allí nos despedimos agradecidamente y nos retiramos de aquí hacia la casa de nuestra compañera Mariana Vera para desarrollar dicho trabajo.

Reseña historica de la cooperativa de servicios multiples Sierra Maestra

jajajajaa una inquietud del sacerdote Jesuita Jesús Juarista, primer párroco de Sierra Maestra, luego que el presidente de los Estados Unidos para ese momento, Jhon F. Kennedy, enviaba donaciones a través de cartitas que consistían en alimentos, ropa, etc., para que los sacerdotes los distribuyeran entre las familias mas necesitadas.

El padre Juarista, seguía con esta inquietud y quiso darla forma, ya que comentaba que el Venezolano no sabia ahorrar. Para esto escoge a tres jóvenes de la congregación de la iglesia Nuestra Señora de Guadalupe, ellas fueron: Ciria Peña, Nancy Soles y Jenny Gutiérrez, también llamo a dos hombres que formabas parte de los caballeros del Santísimo, quienes eran: José Nieto y Gilberto Vilchez

A este grupo los envió la ciudad de Mérida a realizar un curso en la Universidad de Mérida sobre “El Cooperativismo”. Mientras estos jóvenes están en Mérida se le da alas hermanas del Carmen, la tarea de pedir de casa en casa para sembrar el interés del cooperativismo o lo que iba hacer cooperativa de ahorro y crédito.

Se hacia reuniones comunitarias todos los viernes en los terrenos de la iglesia Nuestra Señora de Guadalupe, donde se trataban los problemas de la comunidad general.

Fue entonces el 22 de Octubre de 1946 donde se hizo una reunión en la casa de Nancy Soles, la cual estaba ubicada en la calle 13 con Av. 10 de Sierra Maestra, y es así donde nace la Cooperativa de Ahorro y Crédito, con doce miembros entre ellos:

· José Nieto
· Amerita Peña
· Gilberto Vilchez
· Nelson Soles
· Neudo Rincón
· Ciria Peña
· Mario Becchi
· Jesús Juarista
· Nancy Soles
· Jairo Bermúdez
· Oswaldo Gonzáles
· Rosa de Villalobos


La primera directiva fue elegida en el colegio Javier, cuyos directivos fueron:

· José Nieto (Presidente)

· Filomena de Arangez (Vicepresidenta)

· Emerindo González (Secretario)

· Ciria Peña (Tesorera)

· Rosa de Villalobos (Vocal)

· Jussepi Melandri (Presidente de vigilancia)

· Lino Rincón (Vigilancia)

· Gilberto Vilchez


En crédito Felipe Hurtado, Jorge Virla, Leopoldo Pérez, mientras que los cursos de educación los dictaba la Superintendencia Nacional, que venían a dictar instrucciones sobre el cooperativismo.

Un día 15 de Julio cambian al padre Juarista para ciudad Maturín y lo sustituye el sacerdote jesuita Acasio Belandrai, este esta poco tiempo, ya que viaja a Roma y deja la parroquia en manos de también jesuita Juan de Jesús Esperanza. Luego se genera un problema en la comunidad con los terrenos de Sierra Maestra, ya que esto fue una invasión.

De este problema se funda la asociación denominada “Socimanco”, siendo gobernador del Zulia Hilaron Cardozo, llaman al padre Esperanza, para notificarle que le donaría la caseta policial y que iba a ser reubicada justo al frente de la iglesia de la Guadalupe, para así colocar la oficina de socimanco y el párroco señala que “No”, ya que el día que se fuera o resultara removido esta desaparecería; y decide otorgarla a la cooperativa de ahorro y crédito Sierra Maestra, por cuanto esta no poseía sede propia, y sus miembros tenían buenas bases.

Para este momento la entrega de la caseta policial eran directivos Felipe Hurtado, Rosa Villalobos y Ana Teresa, presidente, vicepresidente y secretaria respectivamente.

Luego de esto nace la Cooperativa de Servicios Múltiples en Sierra Maestra, y en esta institución nace Protección Social (CECOSEZUL). La primera secretaria a tiempo completo fue la Señora Lía Nava.

La Cooperativa a ayudado a muchas familias con la construcción y mejoras de sus viviendas con la aprobación de los créditos, para la compra de útiles escolares, servicios funerarios, etc.; también en créditos para invertir en negocios de los asociados.

El sueño de las cooperativas es culminar la sala velatoria “Los Pinos”, ya que la zona sur posee una área amplia.

La construcción de la capilla velatoria de la Cooperativa de Servicios Múltiple Sierra Maestra, se inicien el mes de Junio del año 1998, a través de un convenio firmado entre la cooperativa y el fondo de Fortalecimiento Social, antiguo Ministerio de la Familia y del Ministerio de Salud y Desarrollo Social. La
cooperativa desde sus inicios han venido desarrollando labores que son de gran beneficio, tanto para la comunidad como para el resto del municipio, tal es el caso de la proveeduría, la cual esta funcionando en la sede de la misma, asimismo se han realizado talleres, charlas, curso de adiestramiento tanto para los miembros como para la comunidad en general.

Dirección de la Cooperativa Visitada (Servicios Multiples Sierra Maestra)

Registro sunacop ACSM-87-Sierra Maestra, Av. 15 Nº 10-20 Telf. (0261)7344919 San Francisco. Edo. Zulia RIF j-30540850 NIT 0056297804

Organigramas de la Cooperativa de Servicios Multiples Sierra Maestra

COORDINACION DE ADMINISTRACION
AHORRO Y CREDITO

COOORDIANCION DE EVALUACION

COORDINACION DE EVALUACION Y CONTROL


Ventajas, Desventajas e Importancia de la Asociacion Cooperativa de Servicios Multiples Sierra Maestra

Ventajas:
· Crédito de bajo interés
· Precios accesibles
· Buenos costos
· Espacios para cursos

Desventajas:
· Hay muchos asociados mayores de edad que no les permiten dar más de lo que dan.
· No tienen la misma capacidad.

Importancia:
Surgió como consecuencia que se unieron los vecinos para recolectar beneficios para las comidas, ropas, crédito para salas vejatorias, ayudas mutua, y otras cosas.